
La Comunidad de Madrid aprobó en el día de ayer un decreto sobre convivencia escolar que viene a reformar la normativa en la lucha contra el acoso escolar.
Este decreto, que entrará en vigor el próximo curso 2.019 – 2.0120, recoge entre otras sanciones que la desconsideración con un compañero, faltar a clase de forma reiterada y sin justificar o participar en riñas o peleas será motivo de seis días de expulsión.
El decreto hace hincapié, por tanto, en aquellas conductas del alumnado contrarias a las normas de convivencia, que serán sancionadas con arreglo a los siguientes tipos de faltas:
- Las leves se corregirán de forma inmediata por alguno de los profesores del centro mediante una amonestación verbal, la expulsión de una clase o actividad, o realizando algún tipo de tarea que mejore el entorno del centro.
- Las faltas de asistencia reiteradas sin justificar, la desconsideración con los compañeros o la participación en riñas y peleas, entre otras, serán consideradas conductas graves. En estos casos, el alumno podrá ser expulsado de clase, de las actividades extraescolares o incluso del centro por un tiempo máximo de seis días lectivos.
- Se considerarán faltas muy graves el acoso físico o moral a los compañeros, las amenazas o los insultos a los profesores, los actos de intimidación o violencia, la grabación y difusión de agresiones, humillaciones o la discriminación por cualquier razón de nacimiento, raza, sexo, religión, orientación sexual u opinión, entre otras. Este tipo de acciones se corregirán con la realización de tareas, la prohibición de participar en ciertas actividades, cambio de grupo, expulsión de determinadas clases o la expulsión, incluso, la expulsión temporal o definitiva del centro educativo correspondiente.
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