
La Comunidad de Madrid permitirá que discotecas, salas de baile, salas de fiestas, restaurantes-espectáculo, café-espectáculo y bares especiales puedan prestar servicios de hostelería y restauración siempre que la licencia de funcionamiento lo prevea como actividad complementaria.
El objetivo de esta medida es ofrecer al sector del ocio nocturno una alternativa que posibilite a este tipo de locales abrir sus puertas mientras se mantenga en vigor la suspensión de su actividad.
ORDEN 1342/2020, de 14 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 668/2020, de 19 de junio, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio.
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